El Tribunal Supremo considera que la inscripción en el censo electoral de los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática, la llamada ley de nietos, genera “un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral”. Y esa posibilidad, afirma el Supremo, causaría “un daño irreversible a la rectitud y corrección de aquel, toda vez que incide directamente en un elemento esencial para el Estado de Derecho como es el de la expresión de la voluntad popular a través del ejercicio del derecho de sufragio”. Así lo expone la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que manifiesta también su temor a una afectación del “resultado electoral deseado por los españoles que ya figuran inscritos correctamente en el censo electoral”, en los autos que han dado lugar a la suspensión del derecho al voto de quienes han obtenido la nacionalidad por ser hijos o nietos de españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. La magistrada Alicia Millán ha emitido un voto particular en el que discrepa de sus compañeros.
El Supremo ve en la ‘ley de nietos’ un “peligro fundado, real y serio” de afectar a la “objetividad” de las elecciones
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