Diego Cadena, exabogado del expresidente Álvaro Uribe, fue condenado por sobornar a testigos

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El exabogado del expresidente Álvaro Uribe, Diego Cadena, fue declarado culpable como coautor del delito de soborno en actuación penal por su intervención en el caso del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, según informó la Fiscalía General de la Nación.

La tarde de este viernes 15 de agosto, el juez Fabián Moreno concluyó que Cadena actuó con dolo, ejerciendo presión para que el testigo modificara su versión de los hechos en favor del exmandatario.

“Se impone un fallo condenatorio contra el abogado Diego Cadena como coautor finalmente responsable del delito de soborno en actuación penal, por los hechos relacionados con el ofrecimiento de beneficios jurídicos a Juan Guillermo Monsalve Pineda”, declaró el juez.

Este fallo se enmarca en un proceso adelantado por la Fiscalía, en el que Cadena, junto a su socio Juan José Salazar, fue acusado de ofrecer beneficios jurídicos y otros incentivos a varios reclusos en 2017 y 2018, entre ellos Monsalve, Eurídice Cortés y Carlos Enrique Vélez.

De acuerdo con el ente acusador, el objetivo de Cadena, entonces miembro del equipo de defensa de Uribe Vélez, era que los internos se retractaran de señalamientos que vinculaban al expresidente con la creación del bloque Metro de las Autodefensas en Antioquia.

En el caso específico de Monsalve, el juez determinó que hubo un acuerdo entre Cadena y Enrique Pardo Hasche para ofrecerle un recurso de revisión judicial a cambio de su retractación. Aunque en las grabaciones no se menciona explícitamente la palabra “retractación”, la autoridad judicial consideró que las manifestaciones del abogado evidenciaban presión hacia el exparamilitar.

“Hay manifestaciones tendientes a que el testigo acceda a alinearse a favor del expresidente Álvaro Uribe”, precisó el togado.

Por otra parte, Cadena fue absuelto de los cargos relacionados con Carlos Enrique Vélez, quien lo señaló de girarle varios millones de pesos. La Fiscalía interpretó esos pagos como un intento de comprar su testimonio, pero el juez descartó esa hipótesis al no encontrar credibilidad suficiente en las declaraciones de Vélez.

El magistrado también se abstuvo de dictar orden de captura contra Cadena. “La regla general, es que el procesado permanezca en libertad, hasta que su responsabilidad penal sea demostrada, más allá de toda duda razonable, en un fallo o una sentencia debidamente ejecutoriada”.

El juez otorgó este beneficio al considerar que el abogado ha asistido a todas las audiencias y no presenta riesgo de fuga; una decisión distinta a la que en su momento afectó a Uribe Vélez, condenado a 12 años de prisión domiciliaria por soborno a testigos y fraude procesal.

Finalmente, a las 3:11 p.m., el juez fijó para el próximo 30 de septiembre de 2025, a las 2:00 p.m., la lectura presencial de la sentencia contra Diego Cadena Ramírez.

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