Cacom 5 reitera el llamado a no volar drones a menos de 2 km de instalaciones militares y otras zonas restringidas

hace 1 día 3

El Comando Aéreo de Combate No. 5 (CACOM 5) reiteró que está prohibido operar drones en cercanías de unidades militares, en cumplimiento del Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC 100), que regula el uso de aeronaves no tripuladas en el país.

Según la Aeronáutica Civil de Colombia, el artículo 100.315 del RAC 100 establece las restricciones para la operación en categoría abierta. En su numeral 13, la norma indica que no está permitido volar drones a menos de dos kilómetros de distancia horizontal del perímetro de bases militares, estaciones de policía, centros penitenciarios y otras infraestructuras críticas.

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Estas medidas buscan evitar interferencias con operaciones aéreas, especialmente las de la aviación de Estado, y reducir riesgos que puedan afectar la seguridad nacional. El uso de drones en zonas restringidas puede generar afectaciones en el espacio aéreo y derivar en sanciones, conforme a la normativa vigente.

El CACOM 5 señaló que «la ciudadanía debe informarse y cumplir con la regulación establecida», e insistió en la importancia de un uso responsable de estas tecnologías, en función de la seguridad aérea y del desarrollo de las misiones de la Fuerza Aeroespacial Colombiana en el territorio nacional.

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