El exarquero de la Selección Colombia, René Higuita, anunció que apelará la decisión judicial que ordenó la extinción del derecho de dominio sobre un inmueble ubicado en el barrio El Poblado, luego de que un juez concluyera que el predio tuvo origen en recursos provenientes del narcotráfico y estuvo vinculado a un esquema de testaferrato relacionado con el desaparecido Cartel de Medellín.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Medellín, tras valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación. Según la investigación, el inmueble fue adquirido inicialmente con dineros ilícitos y posteriormente pasó por varias transferencias hasta quedar registrado a nombre de Higuita y de un familiar.
De acuerdo con la Fiscalía, el predio habría pertenecido inicialmente a un presunto testaferro de los hermanos William Moncada y Gerardo ‘Kiko’ Moncada, quienes hicieron parte del Cartel de Medellín. La investigación incluyó estudios documentales y periciales para reconstruir la cadena de transferencias del bien.
En un comunicado dirigido a la opinión pública, Higuita aseguró que adquirió la propiedad durante la década de 1990 de manera legal y utilizando recursos provenientes exclusivamente de su trabajo. Explicó que la negociación se realizó mediante una permuta en la que entregó dos apartamentos, uno de ellos adjudicado por Conavi como premio al mejor jugador del año.
El exfutbolista afirmó que desconocía cualquier antecedente relacionado con el inmueble al momento de la compra y sostuvo que, incluso, las pruebas de la Fiscalía indican que la persona que se lo vendió no registraba antecedentes ni investigaciones penales en esa fecha. En ese sentido, reiteró que actuó de buena fe y manifestó que ejercerá los recursos legales disponibles para apelar la decisión.
Higuita también señaló que no ha sido condenado ni es investigado penalmente por este caso y destacó que, según la sentencia, fue reconocido como un tercero de buena fe. Afirmó que la decisión judicial afecta únicamente el inmueble y no constituye un pronunciamiento sobre su conducta ni lo vincula con actividades relacionadas con el narcotráfico.
La sentencia precisa que la extinción de dominio recae exclusivamente sobre el bien inmueble y no representa una condena penal contra el exarquero. El proceso tuvo como objeto establecer el origen ilícito del predio y no la responsabilidad penal de su actual propietario.
Con la decisión judicial, el inmueble pasará a ser administrado por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), entidad encargada de administrar los bienes afectados por procesos de extinción de dominio, mientras se define su destinación conforme a la legislación vigente.

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