¡Prácticamente cadena perpetua! Condenado ¨tío político¨ del niño Alexis Delgado: por violarlo, matarlo y enterrarlo

hace 1 semana 6

Por aceptación de cargos, durante la audiencia preparatoria, el sentenciado fue declarado responsable de tres delitos agravados

¡Prácticamente cadena perpetua! Condenado ¨tío político¨ del niño Alexis Delgado: por violarlo, matarlo y enterrarlo

Resumen: El 18 de octubre de 2024, en una finca ubicada en la vereda Los Ríos, el procesado, "tío político del niño", aprovechando que se encontraba a cargo del menor de edad de dos años y ocho meses lo sometió a actos de tortura y lo accedió carnalmente provocándole la muerte

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Ante las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a 56 años y 6 meses de prisión a un hombre por su responsabilidad en el abuso sexual, tortura y muerte de un niño en San Cayetano (Cundinamarca).

Por aceptación de cargos, durante la audiencia preparatoria, el sentenciado fue declarado responsable de los delitos de homicidio, tortura y acceso carnal violento con menor de 14 años, todas las conductas agravadas.

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Las actividades investigativas permitieron establecer que el 18 de octubre de 2024, en una finca ubicada en la vereda Los Ríos, el procesado, aprovechando que se encontraba a cargo del menor de edad de dos años y ocho meses lo sometió a actos de tortura y lo accedió carnalmente de manera violenta, circunstancias que le ocasionaron la muerte.

Tras cometer el crimen, les manifestó a las autoridades que había salido con el menor de edad y, luego de ingerir licor, retornó a la finca en la que vivía. De acuerdo con su versión, en el camino el niño cayó de un caballo, que le pasó varias veces por encima.

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El cuerpo del niño que fue reportado como desaparecido el día de los hechos, fue encontrado dos días después. El dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal estableció que la víctima sufrió un cuadro agudo de violencia, que incluyó golpes contundentes y abuso sexual.

En la sentencia le fue impuesta una multa de 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden recursos de ley.

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