
El Juzgado Primero Penal del Circuito de Tunja condenó a Hernán Giovanni Arteaga Plazas, conocido como alias “El Obrero”, a una pena de 330 meses de prisión —equivalentes a 27 años y seis meses— por su participación en una serie de homicidios cometidos entre 2002 y 2003 en el departamento de Boyacá.
La decisión judicial estableció que los crímenes hicieron parte de un ataque sistemático y generalizado, por lo que fueron calificados como delitos de lesa humanidad y, en consecuencia, imprescriptibles.
De acuerdo con la sentencia, Arteaga Plazas actuó como coautor en cuatro homicidios agravados ejecutados de manera sucesiva.
Las víctimas —Ricardo Rosales Orozco, Óscar Eliécer Moreno Moreno, Dydyer Alexander León Suárez y Juan Pablo Castro Aguilar— fueron señaladas por el grupo armado como presuntos colaboradores de la guerrilla o como personas vinculadas a actividades delictivas, dentro de una práctica conocida como la mal llamada “limpieza social”.
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El fallo reconstruyó el contexto en el que operó esta estructura paramilitar, vinculada a las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC), cuyo origen se remonta a mediados de los años ochenta bajo el mando de Héctor José Buitrago Rodríguez, alias El Patrón.
Con el paso del tiempo, la organización extendió su presencia desde Casanare y Meta hacia otros territorios, entre ellos Boyacá, donde se consolidó un aparato armado que ejecutó asesinatos selectivos contra distintos sectores de la población.
Según lo expuesto en la acusación de la Fiscalía, en esta expansión participaron jefes armados como Josué Darío Orjuela Martínez, comandante de la estructura urbana, y Nelson Orlando Buitrago Parada, integrante del Estado Mayor.
Bajo su control se cometieron decenas de homicidios en un patrón de violencia sostenida que tuvo especial impacto en Tunja durante el segundo semestre de 2002 y el año 2003.
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En el caso de alias “El Obrero”, el juzgado determinó que utilizó fachadas para identificar a sus víctimas. Entre ellas, la venta informal de minutos telefónicos en la Plaza de Bolívar de Tunja, desde donde realizaba labores de señalamiento e inteligencia previa.
Aunque durante el juicio el exparamilitar intentó restar credibilidad a los señalamientos en su contra, el despacho concluyó que las pruebas y testimonios recaudados permitieron establecer su pertenencia activa a las ACC y su responsabilidad directa en los homicidios investigados.
La sentencia también señaló la participación del Estado en estos hechos, al advertir que la operación del grupo armado fue posible gracias a la tolerancia y colaboración de integrantes de la Fuerza Pública y de organismos estatales como el DAS, el CTI y la Policía. En el documento judicial se indica que el accionar criminal se desplegó “con apoyo de miembros de la Fuerza Pública”, lo que refuerza la tesis de connivencia institucional.
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Las víctimas del caso estuvieron representadas por el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), organización que celebró la decisión judicial pero insistió en que el proceso no debe cerrarse con esta condena.
Desde el colectivo subrayaron “la necesidad de avanzar en el esclarecimiento integral de la verdad”, especialmente en lo relacionado con los máximos responsables y con los agentes estatales y terceros que facilitaron o toleraron estas prácticas.
July Henríquez, abogada de Cajar, afirmó que la condena tiene un valor simbólico y jurídico relevante, y añadió que el fallo es significativo “para las víctimas y para la sociedad”, al reconocer la gravedad de los crímenes y el entramado de apoyos que los hizo posibles.
La decisión judicial fue notificada como susceptible de apelación, mientras las víctimas y sus representantes reclaman que se profundicen las investigaciones para determinar todas las responsabilidades detrás de los hechos.






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