En Colombia, la legislación establece límites sobre la obligación que tienen los padres de brindar sustento y vivienda a sus hijos, incluso después de que estos alcanzan la mayoría de edad. De acuerdo con normas contempladas en el Código Civil y el Código de Infancia y Adolescencia, los padres deben garantizar la manutención de sus hijos hasta los 18 años; sin embargo, esta obligación puede extenderse hasta los 25 años si el joven continúa estudiando y depende económicamente de ellos.
Estos límites se encuentran inicialmente en el Código Civil y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), que menciona que la patria potestad y la obligación alimentaria plena, que incluye el derecho a la vivienda, terminan generalmente cuando el hijo cumple los 18 años.
La normativa señala que, si el hijo mayor de edad no estudia, no trabaja o ya cuenta con independencia económica, los padres pueden solicitar que abandone la vivienda familiar. En caso de que el adulto se niegue a hacerlo, el propietario del inmueble tiene la posibilidad de acudir a mecanismos legales para recuperar la posesión del bien mediante procesos judiciales establecidos en el Código General del Proceso.
No obstante, la ley también contempla excepciones. Si el hijo mayor de edad presenta alguna discapacidad o condición de salud que le impida trabajar o sostenerse por sus propios medios, la obligación de los padres de garantizar su manutención puede mantenerse de manera indefinida.
¿Qué hacer si el hijo mayor de edad no quiere desalojar la vivienda de los padres?
En los casos donde la convivencia se vuelve insostenible y el hijo mayor de edad se niega a abandonar la vivienda, los padres pueden ampararse en el Artículo 58 de la Constitución Política, que protege el derecho a la propiedad privada y permite al dueño decidir quién reside en su casa.
El retiro de la persona se puede hacer acudiendo al Artículo 384 del Código General del Proceso, iniciando un trámite de restitución de inmueble.
También, en situaciones de conflicto o violencia que afecten la tranquilidad del hogar, los padres pueden interponer una querella ante la Inspección de Policía por perturbación a la posesión.
Asimismo, la normativa es clara en que expulsar a un menor de edad del hogar es ilegal, y hacerlo puede acarrear sanciones administrativas e incluso consecuencias penales para los responsables. En estos casos, las autoridades de protección, como comisarías de familia o entidades competentes, pueden intervenir para garantizar los derechos del menor.
Expertos en derecho señalan que, aunque culturalmente es común que los hijos permanezcan en el hogar familiar durante varios años después de alcanzar la mayoría de edad, la legislación busca equilibrar la protección a los jóvenes con el derecho de propiedad de los padres sobre su vivienda.

hace 1 mes
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