Las intervenciones se realizaban en viviendas adaptadas como salas de cirugía sin cumplir las condiciones sanitaria
Un juez condenó a cinco mujeres que integraban una red dedicada a realizar procedimientos estéticos ilegales en Medellín, luego de que aceptaran los cargos formulados por la Fiscalía General de la Nación por las afectaciones causadas a decenas de pacientes.
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La investigación estableció que, entre abril de 2023 y mayo de 2024, Yarleny Mosquera Aguirre, Elizabeth Rojas Tobón, Jackeline Bedoya Acevedo, María Paola Arango Garrillo y Michel Chaverra Jaramillo contactaban a mujeres, principalmente a través de redes sociales, para ofrecerles un procedimiento conocido como lipólisis láser con transferencia glútea. Las pacientes eran atendidas en viviendas acondicionadas como salas de cirugía, que no cumplían las condiciones de higiene ni los requisitos para realizar este tipo de intervenciones.
La Fiscalía determinó que 55 mujeres se sometieron a estos procedimientos y que más de 40 contrajeron una bacteria no tuberculosa que les provocó deformidades físicas y limitaciones funcionales permanentes.
Según el ente acusador, Yarleny Mosquera Aguirre realizaba las cirugías haciéndose pasar por médica, pese a no contar con título profesional ni certificación en el área de la salud. Elizabeth Rojas Tobón se encargaba de captar a las pacientes y recibir los pagos, mientras que las otras tres procesadas apoyaban las intervenciones, administraban medicamentos, aplicaban anestesia local y realizaban la atención posoperatoria.
Las cinco mujeres aceptaron los hechos documentados por la Fiscalía y fueron condenadas, de acuerdo con su nivel de responsabilidad, por los delitos de concierto para delinquir, lesiones personales y estafa agravada en modalidad de masa. Las penas impuestas oscilan entre 83 y 88 meses de prisión. No obstante, Yarleny Mosquera Aguirre seguirá vinculada al proceso por el delito de concierto para delinquir agravado, cargo que no aceptó. La decisión corresponde a una sentencia de primera instancia y aún puede ser apelada.
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