Guatapé, uno de los municipios más turísticos de Antioquia y de Colombia, atraviesa un nuevo debate en torno a la operación de vuelos turísticos en helicóptero. A un mes de conocerse el fallo definitivo del Consejo de Estado que ordenó suspender las operaciones de los helipuertos del Hotel Los Recuerdos y Punto Piedra, empresarios del sector y parte de la comunidad se pronunciaron públicamente para manifestar su preocupación por los impactos económicos y sociales de la decisión.
Según estimaciones de los operadores turísticos, cerca de 300 familias resultarían afectadas de manera directa e indirecta por la suspensión de esta actividad, que durante años hizo parte de la oferta turística del municipio. En respuesta al fallo, habitantes de Guatapé y de la zona de embalses iniciaron una recolección de firmas con el objetivo de solicitar la revocatoria de la medida.
Las hojas de recolección incluyen un mensaje en el que los firmantes expresan: “Con mi firma como habitante de Guatapé y zona de embalses, manifiesto que estoy conforme con la operación de helicópteros en Guatapé, pues ha impulsado el turismo, traído empleos y recursos a la región, respetando los derechos de todos. ¡Sí a los helicópteros en Guatapé!”. En diálogo con DiariOriente, algunos residentes aseguraron que esta actividad fortalecía el turismo y dinamizaba la economía local.
No obstante, el fallo judicial, proferido en noviembre de 2025, concluyó que los sobrevuelos turísticos vulneraban derechos colectivos de los habitantes debido al exceso de ruido, el uso inadecuado del suelo y la falta de permisos. La decisión se dio tras más de cinco años de reclamos de la comunidad y ordenó el cierre inmediato del helipuerto ubicado en la Piedra del Peñol, así como el traslado del helipuerto de Los Recuerdos en un plazo máximo de seis meses.
De acuerdo con la sentencia, mediciones realizadas por Cornare evidenciaron niveles de ruido superiores a los permitidos para zonas residenciales, cuyo límite es de 65 decibeles. Algunos registros alcanzaron hasta 79,7 dB y, según reportes de residentes, incluso superaron los 93 dB. El Consejo de Estado determinó que las operaciones no eran esporádicas, sino permanentes, por lo que debían tratarse como fuentes fijas de ruido y cumplir estrictamente la normatividad ambiental.
El alto tribunal también estableció que los helipuertos funcionaban en áreas clasificadas como zonas de tranquilidad y ruido moderado, destinadas a vivienda, hotelería y hospedaje, donde no está permitida la infraestructura aeroportuaria. Además, señaló que no existía evidencia de licencias de construcción ni de permisos locales para la operación de estas instalaciones.
La sentencia concluyó que la actividad afectaba derechos como el goce de un ambiente sano, la tranquilidad, la intimidad y la seguridad pública, teniendo en cuenta la cercanía de las maniobras aéreas a viviendas, instituciones educativas, hoteles y una estación de gasolina.
Frente a esta decisión, los operadores turísticos aseguraron que el fallo compromete el sustento de cientos de personas y podría derivar en el cierre definitivo de las dos empresas involucradas. Aunque la decisión judicial quedó en firme, la comunidad continúa recolectando firmas en un intento por revertir el fallo, mientras el debate entre la protección de los derechos colectivos y el impacto económico del turismo sigue abierto en Guatapé.

hace 1 mes
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