¡Atención, conductores! A partir del lunes 9 de febrero empiezan las sanciones económicas del pico y placa en Medellín y el Valle de Aburrá

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Las correcciones pedagógicas que se hicieron desde el pasado lunes 2 de febrero, día en el que empezó una nueva rotación del pico y placa en Medellín y el Valle de Aburrá para carros particulares y motocicletas, y van hasta este viernes 6 de febrero, pasarán a ser sanciones económicas a partir del próximo lunes 9 de febrero.

Y es que si bien los conductores “despistados” que se movilizaron en sus vehículos en horas prohibidas se pudieron haber salvado de pagar en estos primeros días, y sólo tuvieron que acudir a charlas informativas por infringir las normas, desde la otra semana, caso tal que les vuelva a ocurrir, se les impondrá una sanción de $633.111, equivalentes a 52,99 Unidades de Valor Básico (UVB), sistema con el que se calculan los comparendos de tránsito desde 2024, pues antes de ese año el cobro era de acuerdo al salario mínimo diario.

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Esta medida, dispuesta por la Secretaría de Movilidad de Medellín y adoptada por las otras nueve alcaldías de los demás municipios del Valle de Aburrá y que cobija carros particulares y motocicletas, aplica los siguientes días horarios:

Aplicará para los carros particulares con placa finalizada en 1 y 7. Para las motos serán estos números, pero con el primer dígito.

Será para los carros particulares con placa finalizada en 0 y 3. Para las motos serán estos mismos números, pero con el primer dígito.

No podrán circular los carros particulares con placa finalizada en 4 y 6. Para las motos serán estos números, pero con el primer dígito.

Los carros particulares con placa finalizada en 5 y 9 no podrán circular ese día. Para las motos serán estos números, pero con el primer dígito.

Regirá para los carros particulares con placa finalizada en 2 y 8. Para las motos serán estos mismos números, pero con el primer dígito.

La medida del pico y placa en el Valle de Aburrá aplica para todos estos vehículos entre las 5:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, en jornada continua.

En Medellín, el pico y placa no aplicará en el Sistema Vial del Río, que incluye la autopista Sur y la avenida Regional, ni en la vía Las Palmas, el corredor de la quebrada La Iguaná y los cinco corregimientos del municipio.

En Bello no se cobra en la autopista Medellín-Bogotá ni en la vía Pajarito-San Félix, en la Medellín-San Pedro de los Milagros.

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En Envigado no rige la medida en la avenida Regional ni en la Loma del Escobero, la Transversal de La Montaña y la vía Las Palmas, mientras que en Itagüí aplica desde la semana pasada la libertad de circulación en la autopista Sur después de dos años en los que había sanción por transitar esta vía con el pico y placa.

Caldas, tiene libertad de circulación en la variante a Caldas y la vía vieja a Caldas y en La Estrella también hay exención en estos dos corredores y en la autopista Sur. En Sabaneta se puede transitar con pico y placa en la variante a Caldas y la avenida Regional.

En el norte Barbosa y Girardota no aplican sanciones por circular por la vía Bello-Hatillo, conocida también como la autopista Norte y en Copacabana no aplica la medida en este mismo corredor ni en la autopista Medellín-Bogotá.

En el único corredor nacional o departamental en el que hay pico y placa son en la autopista Norte y la avenida Regional, en Bello, por cuenta de las congestiones que se puedan generar en la glorieta de Niquía.

Esta determinación, según la Alcaldía de Bello, tendrá vigencia hasta que terminen las obras del intercambio de la quebrada La Seca, que ya comenzaron y se espera que terminen para finales de 2027.

Los vehículos híbridos, eléctricos y aquellos que funcionan con gas natural vehicular (GNV) estarán exentos del pico y placa. No obstante, en el caso de los automotores a GNV, la exención dependerá del trámite previo realizado ante cualquiera de las secretarías de movilidad del Valle de Aburrá.

También podrán transitar libremente los vehículos para atención de emergencias como ambulancias (incluyendo las veterinarias), bomberos y atención de desastres, grúas y vehículos que transporten equipos y material logístico para la atención de emergencias.

Los vehículos para atención médica personalizada o domiciliaria, incluyendo los que se destinen para la recolección de muestras, están libres de la medida.

Los automotores que se destinen al transporte de alimentos perecederos, a la ejecución de actividades de actividades de servicios públicos domiciliarios, telefonía, internet y actividades complementarias, así como los usados por los medios de comunicación también tendrán libre movilidad con la medida.

En cuanto al servicio público tipo taxi, se mantendrá el esquema de rotación vigente desde 2016, que establece la restricción de un dígito cada dos semanas.

Para este semestre será de la siguiente manera:

4 y 18 de febrero, 5 y 19 de marzo, 10 y 24 de abril, 11 de mayo, junio 2, 16 y 30, y 15 y 29 de julio.

5 y 19 de febrero, 6 y 20 de marzo, 6 y 20 de abril, 5 y 19 de mayo, 3 y 17 de junio, y 1, 16 y 30 de julio.

13 y 27 de febrero, 9 y 30 de marzo, 14 y 28 de abril, 13 y 27 de mayo, 11 y 25 de junio, y 10 y 24 de julio.

9 y 23 de febrero, 10 y 24 de marzo, 8 y 22 de abril, 7 y 21 de mayo, 5 y 19 de junio, y 3 y 13 de julio.

3 y 17 de febrero, 4 y 18 de marzo, 1, 16 y 30 de abril, 15 y 29 de mayo, 22 de junio, y julio 14 y 28.

11 y 25 de febrero, 12 y 26 de marzo, 17 de abril, 4 y 25 de mayo, 9 y 23 de junio, y 8 y 22 de julio.

12 y 26 de febrero, 13 y 27 de marzo, 13 y 27 de abril, 12 y 26 de mayo, 10 y 24 de junio, y 9 y 23 de julio.

6 y 20 de febrero, 2 y 16 de marzo, 7 y 21 de abril, 6 y 20 de mayo, 4 y 18 de junio, y julio 2, 17 y 31.

2 y 16 de febrero, 3, 17 y 31 de marzo, 15 y 29 de abril, 14 y 28 de mayo, 12 y 26 de junio, y 6 y 27 de julio.

10 y 24 de febrero, 11 y 25 de marzo, 9 y 23 de abril, 8 y 22 de mayo, 1 de junio, y julio 7 y 21.

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